INFORMATIVO
FE DE VIDA
Estimado cliente Jubilado o Pensionado: Le comunicamos que a partir del 1° de marzo del 2022, la acreditación de la supervivencia vuelve a ser obligatorio para el cobro de jubilaciones y pensiones. Ese trámite, conocido como “fe de vida”, había sido suspendido durante la pandemia por razones sanitarias para evitar que los mayores debieran acercarse a las sucursales bancarias.
Esto aplica solo a operaciones de cobro del beneficio normal a través de canales electrónicos. Aún así, el cliente debe tener actualizada esta información si quisiera percibir sus haberes por caja humana o a través de su apoderado, para recibir nuestra oferta crediticia a través de canales electrónicos o para realizar cualquier otro trámite bancario en forma presencial.
Para dar fe de vida, Ud. puede optar por alguna de estas opciones:
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Realizando compras con tarjeta de Crédito Sol o Débito BSE en cualquier local comercial que reciban las tarjetas del BSE (no hay un único listado taxativo de comercios adheridos), la compra debe efectuarse de manera presencial y presentando el DNI del titular al momento de realizar el pago en el comercio. No son válidas las compras por internet para cumplimentar el trámite del Fe de Vida.
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Buzón: a cualquier hora puede depositar sobres cerrados en los buzones ubicados en cada sucursal en los recintos de los cajeros automáticos, con la siguiente información: certificado médico de supervivencia del beneficiario, de no más de 10 días corridos de la fecha de emisión.
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Registrando huella digital en los tótems instalados en nuestras sucursales o en delegaciones del ANSES.
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Solicitando un préstamo o realizando un Plazo Fijo de manera presencial, donde Ud. haya firmado como Titular.
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Presentando un certificado de supervivencia expedido por un profesional médico
COBRO DE APODERADO POR CAJA HUMANA
Recordamos que los Jubilados y Pensionados que quieran percibir sus haberes por línea de cajas, en Casa Central y/o Sucursales a través de su APODERADO, el trámite continúa siendo el mismo:
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Presentación de DNI del titular del beneficio y DNI del Apoderado.
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Certificado médico de Supervivencia del Beneficiario expedido por un profesional medico, con vigencia no mayor a 10 días corridos desde la fecha de emisión